“Casi todo lo que realice será insignificante, pero es muy importante que lo haga.”
Mahatma Gandhi (1869-1948) Político y pensador indio
RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2023, de la Consejera, por la que se resuelve el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
LISTADO DEFINITIVO DE PERSONAS ADMITIDAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN Y HABILITACIÓN LINGÜÍSTICA.
LISTADO DEFINITIVO DE PERSONAS EXCLUIDAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN Y HABILITACIÓN LINGÜÍSTICA.
En virtud de lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 6 de MARZO de 2023, por la que se convoca el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publican las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, para el desempeño de la docencia bilingüe en centros docentes públicos no universitarios del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las personas interesadas disponen de un plazo de diez días hábiles, para presentar ante la Secretaría General de Educación las alegaciones y subsanación de los defectos que hayan motivado la exclusión. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
El documento de subsanación de deficiencias, que se puede descargar desde el enlace indicado a continuación, será firmado, registrado y dirigido a la Secretaría General de Educación, Servicio de Plurilingüismo, Estadistica y Evaluación, Módulo 5, planta 4ª, Avenida Valhondo S/N 06800 Mérida.
NOTA IMPORTANTE: Debe consignarse el número de solicitud que figura en la primera columna de la tabla de excluidos:
LISTADO PROVISIONAL DE PERSONAS ADMITIDAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN Y HABILITACIÓN LINGÜÍSTICA.
LISTADO PROVISIONAL DE PERSONAS EXCLUIDAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN Y HABILITACIÓN LINGÜÍSTICA.
Con la publicación de las listas provisionales se considerará efectuada la correspondiente notificación a las personas interesadas, a los efectos que dispone el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ORDEN de 6 de marzo de 2023 por la que se convoca el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las solicitudes para participar en el presente procedimiento deberán cumplimentarse obligatoriamente mediante el modelo que estará disponible en la dirección: https://pdocente.educarex.es/acreditacion/solicitud/, conforme a las instrucciones facilitadas. Para ello, el usuario deberá autentificarse en la Plataforma mediante la clave de acceso a Rayuela. Una vez cumplimentada la solicitud electrónica, será imprescindible imprimirla, firmarla y presentarla al titular de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo, junto con el resto de la documentación conforme al apartado 3 de este artículo.
No se tendrán por presentadas las solicitudes que no sean cumplimentadas en la citada dirección de Internet, ni las que no tengan entrada en cualquiera de los registros administrativos indicados.
Dichas solicitudes se presentarán: — En cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía integradas en el Sistema de Registro
Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, establecido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre
O, por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También podrá presentarse de forma telemática a través del registro electrónico general de Sede electrónica de la Junta de Extremadura, en la dirección habilitada: https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf Para la utilización del referido registro deberá disponer de DNI electrónico o certificado digital. En caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que el impreso de solicitud sea fechado y sellado antes de ser certificado.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Extremadura.
RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2023, de la Consejera, por la que se publica la Comisión de Acreditación y Habilitación en la convocatoria para la obtención
de la correspondiente habilitación y acreditación lingüística en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2022, de la Consejera, por la que se resuelve el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En virtud de lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 22 de febrero de 2022, por la que se convoca el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publican las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, para el desempeño de la docencia bilingüe en centros docentes públicos no universitarios del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las personas interesadas disponen de un plazo de diez días hábiles, para presentar ante la Secretaría General de Educación las alegaciones y subsanación de los defectos que hayan motivado la exclusión. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
El documento de subsanación de deficiencias, que se puede descargar desde el enlace indicado a continuación, será firmado, registrado y dirigido a la Secretaría General de Educación, Servicio de Plurilingüismo, Estadistica y Evaluación, Módulo 5, planta 4ª, Avenida Valhondo S/N 06800 Mérida.
NOTA IMPORTANTE: Debe consignarse el número de solicitud que figura en la primera columna de la tabla de excluidos:
Con la publicación de las listas provisionales se considerará efectuada la correspondiente notificación a las personas interesadas, a los efectos que dispone el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ORDEN de 22 de febrero de 2022 por la que se convoca el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las solicitudes para participar en el presente procedimiento deberán cumplimentarse obligatoriamente mediante el modelo que estará disponible en la dirección: https://pdocente. educarex.es/acreditacion/solicitud/, conforme a las instrucciones facilitadas. Para ello, el usuario deberá autentificarse en la Plataforma mediante la clave de acceso a Rayuela. Una vez cumplimentada la solicitud electrónica, será imprescindible imprimirla, firmarla y presentarla al titular de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo, junto con el resto de la documentación conforme al apartado 3 de este artículo.
No se tendrán por presentadas las solicitudes que no sean cumplimentadas en la citada dirección de Internet, ni las que no tengan entrada en cualquiera de los registros administrativos indicados.
Dichas solicitudes se presentarán: — En cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el Anexo a la Resolución de 23 de abril de 2021, de la Vicepresidencia Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para atender a lo previsto en el artículo 84bis de la Ley 1/2002 , de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. — O, por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También podrá presentarse de forma telemática a través del registro electrónico general de Sede electrónica de la Junta de Extremadura, en la dirección habilitada: https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf Para la utilización del referido registro deberá disponer de DNI electrónico o certificado digital. En caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que el impreso de solicitud sea fechado y sellado antes de ser certificado.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Extremadura.