“Si me ofreciesen la sabiduría con la condición de guardarla para mí sin comunicarla a nadie, no la querría.”
Séneca (4 a. C. - 65) Filósofo y político romano
Las personas adultas que quieran adquirir las competencias, conocimientos y obtener el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria contarán con una oferta adaptada a sus condiciones y necesidades que se regirá por los principios de movilidad y transparencia, y podrá desarrollarse a través de la enseñanza presencial y también mediante la educación a distancia.
Organización:
En Extremadura, con el objetivo de facilitar la adquisición de los aprendizajes, la movilidad y permitir la conciliación con otras responsabilidades y actividades, la ESPA se organiza de forma modular en tres ámbitos: ámbito de la comunicación, ámbito social y ámbito científico-tecnológico, con dos niveles en cada uno de ellos.
Niveles | Ámbito de la Comunicación | Ámbito Social | Ámbito Científico-Tecnológico |
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Nivel I | Módulo I | Módulo I | Módulo I |
Módulo II | Módulo II | Módulo II | |
Nivel II | Módulo I | Módulo I | Módulo I |
Módulo II | Módulo II | Módulo II |
Los centros efectuarán un proceso de valoración inicial (VIA) a aquellas personas que se incorporen a las enseñanzas de secundaria para adultos. Los resultados de la VIA permitirán adscribir a los alumnos directamente al nivel que se adecue a sus certificaciones académicas o conocimientos y experiencias previas adquiridos a través de la educación no formal.
Una vez superado estos estudios,podrá acceder:
Estas enseñanzas se imparten en Centros y Aulas de Educación de Personas Adultas y en los centros ordinarios autorizados para impartir Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas(ESPA),en la Comunidad Autonóma de Extremadura.
Dada la importancia de la visibilidad de las actuaciones del FSE, se expone aquí el modelo de cartel que será utilizado por los centros educativos públicos que tienen enseñanzas de Educación de Personas Adultas.
Orden de 1 de agosto de 2008, por la que se regula la Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Orden de 1 de julio de 2009, por la que se regula la admisión del alumnado en los centros de la Consejería de Educación que imparten determinadas enseñanzas dirigidas a personas adultas.
Resolución de 5 de junio de 2017, de la Dirección General de Formación Profesional y Universidad, sobre admisión del alumnado en centros que imparten Enseñanzas Inicialies, Secundaria Obligatoria, Bachillerato y programas no formales, dirigidas a personas adultas durante el curso 2016/2017.